jueves, 24 de noviembre de 2011

MEDIDAS ALTERNATIVAS A LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD

MEDIDAS ALTERNATIVAS A LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD

CONVERSIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD

Es la conmutación de la pena privativa de libertad impuesta en la sentencia, por una sanción de distinta naturaleza. En el caso del Derecho Penal Peruano la conversión de la pena privativa de libertad puede hacerse con pena de multa, de prestación de servicios a la comunidad y de limitación de días libres.

SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA

Se trata de uno de los procedimientos tradicionales de limitación de las penas cortas privativas de libertad. Se le conoce conocidas distintas denominaciones, pero las más admitidas en el Derecho Penal comparado son CONDENA CONDICIONAL y SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LA PENA.

RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO

El Juez deja en suspenso la condena y el señalamiento de una pena para el sentenciado.

El fallo de condena queda de momento suspendido y se condiciona su pronunciamiento a la observancia de reglas de conducta durante un régimen de prueba, dentro del cual el sentenciado deberá abstenerse de cometer nuevo delito y tendrá que cumplir las reglas de conducta que le señale el juez.

EXENCIÓN DE PENA

Es una condena sin pena. Ella implica, por tanto, una declaración de culpabilidad pero además una renuncia del Estado, a través del Juez, a sancionar el delito cometido.

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